Si emites CFDI’s ANTES de recibir el Pago por parte de tu Cliente, esta información es de suma importancia:
- Es necesario que emitas los CFDI’s con el Método de Pago en “Parcialidades o Diferido” y la Forma de Pago “Por Definir”. De lo contrario NO será posible agregar los Complementos de Pago. Este CFDI deberá emitirse por el monto total de la transacción mercantil.
- Cada vez que recibas un pago por parte de tu cliente, deberás emitir un Complemento de Pago relacionado al CFDI original, siguiendo lo que te indicamos en el manual abajo en PDF.
- Cada Complemento de Pago consume Un CFDI de tu cuenta.
El Complemento de Pago o Recibo Electrónico de Pago entró en vigor el pasado 1° de Julio del 2017 y será OBLIGATORIO su uso a partir del 1° de Septiembre del presente. Evita multas, sanciones y revisiones por parte del SAT. La falta de este recibo de pago implicará que no podrá haber deducibilidad del pago (acreditamiento del IVA).
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